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El nuevo fallo sobre la Ley de Tierras descomprime la amenaza de una sesión para rechazar el DNU 70/2023. En la Casa Rosada admiten que el conflicto complicaba los acuerdos con los bloques dialoguistas para avanzar con las PASO y el Presupuesto.
“Es realmente una buena noticia”. La frase, pronunciada por un funcionario con despacho en Balcarce 50, resume el alivio con el que la Casa Rosada recibió este viernes el nuevo fallo de la Corte Suprema sobre la Ley de Tierras. La decisión de suspender provisoriamente el artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado las restricciones a la compra de campos por parte de extranjeros, le permite al Gobierno descomprimir un conflicto que amenazaba con trasladarse al Congreso el próximo jueves 15 de octubre. En el oficialismo no estaban convencidos de que la oposición consiguiera los votos para rechazar el decreto completo, pero admitían que la controversia se había convertido en un obstáculo para otras negociaciones que consideran mucho más importantes.
El problema no era solamente el DNU, sino todo lo que podía quedar atrapado en esa discusión. El ala política del Gobierno trabaja para reunir apoyos alrededor de dos de las principales prioridades legislativas de Javier Milei: la eliminación de las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y la aprobación del Presupuesto 2027. Ambas iniciativas requieren acuerdos con gobernadores y bloques dialoguistas, algunos de los cuales habían comenzado a reclamar una solución al conflicto por la extranjerización de tierras. La posibilidad de tener que defender el decreto completo en el recinto amenazaba con introducir una nueva tensión en esas conversaciones.
La resolución judicial llegó, además, cuando la oposición intentaba convertir el malestar por la Ley de Tierras en una ofensiva más amplia contra el programa de desregulación libertario. La convocatoria a una sesión especial para el jueves 15, a las 14, había empezado a sumar adhesiones entre legisladores que cuestionaban la eliminación de los límites a la propiedad extranjera, aunque no necesariamente estaban dispuestos a rechazar los demás artículos del DNU 70. Con las restricciones nuevamente vigentes, al menos de manera provisoria, ese punto de encuentro pierde parte de su fuerza.
El respiro oficial, sin embargo, no equivale a una victoria definitiva. La Corte no resolvió la constitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras: dictó una medida cautelar interina y remitió el expediente a la Justicia Federal de Bariloche. La decisión fue adoptada por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, con la disidencia de Carlos Rosenkrantz. El conflicto judicial continúa abierto, aunque su impacto inmediato sobre la agenda parlamentaria podría ser muy distinto al que había provocado la sentencia anterior.
El Gobierno venía siguiendo de cerca las conversaciones opositoras para reunir los 129 diputados necesarios para abrir la sesión. Los impulsores de la convocatoria contaban con entre 122 y 124 legisladores, después de sumar el respaldo de los diputados catamarqueños que responden al gobernador Raúl Jalil. La diferencia dependía de un puñado de bloques dialoguistas que compartían las críticas a la derogación de la Ley de Tierras, pero desconfiaban de las consecuencias de hacer caer el DNU completo.
Durante los últimos días, el presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, y el jefe del bloque libertario, Gabriel Bornoroni, habían multiplicado los contactos con aliados del PRO, la UCR y espacios provinciales. Una de las alternativas que se evaluaban consistía en incorporar restricciones a la venta de tierras a extranjeros dentro del proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que ya cuenta con media sanción del Senado. Para avanzar con esa discusión, el oficialismo había convocado a un plenario de comisiones para el miércoles 14.
El fallo modifica las condiciones de esa negociación. Los diputados que reclamaban restablecer las restricciones a la extranjerización ya no necesitan, al menos por ahora, votar contra la totalidad del decreto para conseguir ese objetivo. Eso no garantiza que la oposición desista de la sesión, cuyo temario también incluye otros asuntos sensibles, pero le ofrece al Gobierno nuevos argumentos para convencer a los bloques intermedios de no acompañar la convocatoria.
En la Casa Rosada, la preocupación de fondo pasa por administrar los votos disponibles para las próximas discusiones legislativas. La eliminación de las PASO constituye una de las principales apuestas de la reforma política que impulsa el oficialismo de cara a 2027, mientras que el Presupuesto del año próximo ocupa un lugar central en las conversaciones con los gobernadores. Son dos negociaciones diferentes, pero atravesadas por los mismos interlocutores y por una dificultad compartida: La Libertad Avanza necesita apoyos que no puede garantizar por sí sola.
La controversia por la Ley de Tierras había comenzado a interferir en ese esquema. La actual decisión de la Corte no elimina las dificultades, pero permite sacar momentáneamente una de ellas del centro de la escena. El oficialismo gana margen para volver a concentrarse en las negociaciones que considera prioritarias, mientras la oposición deberá decidir si mantiene su convocatoria del jueves 15 o recalcula su estrategia ante un escenario judicial diferente.
PL

Diputados de Unión por la Patria, la Coalición Cívica, la izquierda y Provincias Unidas ratificaron que buscarán rechazar el decreto en la sesión del próximo 15 de octubre. La Corte Suprema suspendió provisoriamente la derogación de la Ley de Tierras, pero los bloques opositores advierten que la discusión debe abarcar toda la norma.
El fallo de la Corte Suprema sobre la ley de tierras parece no haber puesto punto final a la discusión. Por el contrario, desde distintos sectores de la oposición adelantaron que insistirán el próximo jueves en la Cámara de Diputados con la derogacion del DNU 70/23.
Este viernes, el máximo tribunal de justicia resolvió suspender provisoriamente los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que derogaba la Ley de Tierras Rurales, mediante una medida cautelar interina dictada en el marco de una causa iniciada por la Asociación Civil Árbol de Pie. Sin embargo, de los distintos bloques opositores anunciaron que el objetivo sigue siendo dar marcha atrás con todo el decreto de necesidad y urgencia, una norma clave con la que el gobierno libertario comenzó su gestión desreguladora. Así lo expresaron desde el peronismo, la Coalicion Cívica, la izquierda y Provincias Unidas.
Cecilia Moreau, diputada de Unión por la Patria, aseguró en declaraciones a Radio 10: “Tenemos que sostener la sesión convocada para el 15. Hay destacar que en una semana la Corte tuvo que recular y hay que decirle no definitivamente a la extranjerización de las tierras”. La bonaerense Agustina Propato agregó que el DNU “no es solamente una amenaza para nuestras tierras. También afecta el bolsillo de los argentinos, profundiza la desregulación de la economía, favorece la concentración económica y mata las PYMES y abre las puertas a la privatización de empresas estratégicas”. Y señaló que “el 15 de octubre tenemos una oportunidad para dar un debate de fondo. No alcanza con proteger nuestro territorio, si dejamos intactas las medidas que comprometen nuestra economía y nuestros recursos estratégicos. Defender la soberanía nacional es defender nuestra integridad territorial, nuestros recursos, y el trabajo de los argentinos”.
Desde la izquierda, Myriam Bregman también ratificó la decisión de mantener la sesión del 15. “Ahora que logramos ponernos de acuerdo y convocar a una sesión para rechazarlo y conseguir que caiga definitivamente -como siempre reclamamos desde la izquierda-, aparecen otras maniobras peligrosas. Una de ellas consiste en desviar toda la atención hacia el artículo referido a la Ley de Tierras, mientras el gobierno intentar avanza con la extranjerización mediante otras normas. No podemos dejar que se burlen de nosotros nuevamente: hay que derogar ya todo el DNU”, escribio en su cuenta de X.
El socialista Esteban Paulón también usó su cuenta de X para cuestionar a la Corte: “RECULANDO EN CHANCLETAS”, dijo sobre el fallo y enfatizó: “La Corte toma nota del moco que se mandó con la ley de tierras y da marcha atrás. Vuelve a poner en vigencia la normativa original. El escenario de rechazo parlamentario al DNU 70 y el repudio social que generaron su decisión le paso factura”, y aclaró: “Más allá de esta decisión, HAY QUE VOLTEAR EL DNU 70 de todos modos”.
Desde la CC-ARI, el presidente del bloque, Maximiliano Ferraro, sostuvo que la decisión del máximo tribunal “se apoya en la tutela judicial efectiva y la protección del ambiente, reconocidas por los artículos 41 y 43 de la Constitución Nacional y el Acuerdo de Escazú. No tengo dudas de que la movilización y el reclamo de organizaciones, comunidades y ciudadanos de todo el país fueron fundamentales para esta decisión. Hasta tanto el juzgado de Bariloche no se pronuncie, ¡la Ley de Tierras vuelve a estar vigente! No nos distraigamos, sigamos alerta”.
Pablo Juliano, de Provincias Unidas, afirmó que las idas y vueltas en torno a la extranjerización de las tierras es “el péndulo jurídico de un país gobernador a decretazos”. Tras ratificar la decisión de mantener la sesión del 15, enfatizó: “10 días después del fallo contra el CECIM, la Corte vuelve a frenar de manera provisoria la derogación de la Ley de Tierras. La protección de nuestra tierra no puede depender de cuánto dure una medida judicial”.

La decisión responde a un reclamo ambiental y regirá hasta que los tribunales de Bariloche resuelvan. Votaron a favor de la suspensión Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió provisoriamente los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que derogaba la Ley de Tierras Rurales, mediante una medida cautelar interina dictada en el marco de una causa iniciada por la Asociación Civil Árbol de Pie.
La resolución fue adoptada por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. El ministro Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.
La suspensión se mantendrá hasta que el Juzgado Federal de Bariloche se pronuncie sobre la legitimación de los demandantes y examine el pedido de medida cautelar presentado por la asociación.
El máximo tribunal consideró necesario adoptar una decisión provisoria para garantizar la tutela judicial efectiva y evitar posibles daños irreparables al ambiente, debido a que los tribunales inferiores no habían resuelto los planteos formulados por los demandantes.
La Asociación Civil Árbol de Pie y otros particulares iniciaron a fines de diciembre de 2023 una acción de amparo colectivo ante la Justicia federal de Bariloche.
En su presentación solicitaron que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023, al considerar que la derogación de la Ley 26.737 comprometía el derecho a un ambiente sano y equilibrado, reconocido por el artículo 41 de la Constitución Nacional.
Los demandantes sostuvieron que la eliminación de esa legislación ponía en riesgo la utilización racional de los recursos naturales, la preservación de la naturaleza y la diversidad biológica.
Sin embargo, el Juzgado Federal de Bariloche remitió el expediente a la Cámara Federal de La Plata, donde tramitaba otra causa vinculada con la misma disposición del decreto.
Posteriormente, el expediente llegó a la Corte Suprema sin que los tribunales anteriores se pronunciaran sobre la legitimación de los actores ni sobre la medida cautelar solicitada.
El 29 de septiembre de 2026, la Corte Suprema rechazó la demanda presentada por CECIM, que cuestionaba la derogación de la Ley de Tierras a partir de una presunta afectación de la soberanía nacional.
En aquella resolución, el tribunal consideró que la entidad carecía de legitimación activa para impulsar el reclamo, sin pronunciarse sobre la constitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023.
Tras ese fallo, los representantes de Árbol de Pie solicitaron que se aclarara si la decisión también alcanzaba a su presentación y reiteraron el pedido de protección cautelar.
La Corte distinguió ambos expedientes porque el planteo de Árbol de Pie se encontraba vinculado con la protección del ambiente, mientras que CECIM había fundamentado su demanda en cuestiones de soberanía.
El tribunal destacó que el trámite judicial había dejado sin respuesta los pedidos de los demandantes y que estaban comprometidos tanto el derecho a obtener una decisión judicial oportuna como la protección ambiental.
En ese contexto, resolvió suspender los efectos de la derogación hasta que el juzgado competente examine los planteos pendientes.
El juez Rosenkrantz se pronunció en contra de la medida adoptada por la mayoría. Aunque reconoció que la legitimación invocada por Árbol de Pie difería de la planteada por CECIM, consideró que la Corte Suprema carecía de competencia para dictar una medida cautelar o interina en ese expediente.
Por ese motivo, sostuvo que correspondía remitir la causa a la Justicia federal de Bariloche sin disponer ninguna suspensión. Esa posición habría mantenido vigentes los efectos derogatorios del artículo 154 del DNU 70/2023 mientras continuaba la tramitación judicial.
La decisión mayoritaria, en cambio, establece una protección provisoria y no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la constitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras.
Que queda suspendida la derogación del artículo 154 del DNU y rige de nuevo el tope del 15% para titularidad extranjera, el límite de mil hectáreas en zona núcleo y la prohibición de vender tierras con agua o en frontera.
Porque son dos legitimaciones distintas. En CECIM, la Corte dijo que invocar soberanía no alcanza para ser colectivo. En Árbol de Pie, el derecho a un ambiente sano sí es colectivo y la ONG ambiental de Bariloche más las comunidades Lafkenche y Lof Fvta Anecon tienen legitimación para pedirlo.
Que la Corte no esperó a que un juez de primera instancia dicte cautelar. La dictó ella misma de forma provisoria y excepcional para evitar que se vendan tierras mientras tramita el amparo, que estuvo paralizado desde diciembre de 2023 por la regla de conexidad.
El expediente vuelve al juzgado de origen para que analice la constitucionalidad de la derogación. Hasta entonces, Registro de Tierras Rurales no puede inscribir compras que violen la 26.737.

El Presidente recibió a la senadora libertaria en la Quinta de Olivos para acercar posiciones tras los últimos cortocircuitos. La foto del encuentro se hizo pública y busca descomprimir versiones de ruptura.
La senadora y jefa del bloque de la Libertad Avanza, Patricia Bullrich, se reunió con el presidente Javier Milei durante más de dos horas. El encuentro se produjo en medio de las diferencias que la legisladora manifestó con el Gobierno durante los últimos meses.
“Conversación profunda con el presidente Javier Milei. Hablamos de todo lo que vengo planteando, con total sinceridad”, posteó Bullrich en la red social X. La senadora cerró su mensaje con la sigla TMAP, que significa “todo marcha de acuerdo al plan”.
Por su parte, el mandatario también utilizó las redes sociales para referirse al encuentro con la jefa del bloque de LLA en el Senado. “Desayuno de trabajo con Patricia Bullrich en Olivos para hablar de todos los temas a fondo: MAGA”, publicó en Instagram.
Además, a comienzos de esta semana, la senadora había participado de la reunión de gabinete que encabezó el Presidente en la Casa Rosada. Al día siguiente, el vocero presidencial, Adrián Ravier, buscó bajar la tensión con la jefa del bloque de LLA en el Senado y sostuvo que la legisladora “apoya la candidatura de Javier Milei para 2027”.
Pese al deterioro de la relación con el Gobierno, Patricia Bullrich conserva un rol central en la negociación de proyectos y en el vínculo con aliados de la Cámara Alta, donde la gestión de Javier Milei necesita ampliar su base para aprobar reformas.
El episodio que abrió la última escalada fue el Presupuesto 2027 y los cambios sobre Discapacidad. Bullrich aseguró que no había sido informada del contenido de esos artículos pese a integrar la mesa política, cuestionó públicamente la coordinación interna y apuntó contra el Ministerio de Economía por haber enviado modificaciones que no habían sido anticipadas a la conducción parlamentaria.
A ese episodio se sumó el video que Bullrich publicó con una canción de Lali Espósito, horas después de sus críticas por Discapacidad. Milei eligió bajar públicamente el tono y sostuvo que no veía un problema en la elección de la artista.
La tensión volvió a crecer con la Ley de Tierras. Bullrich cuestionó la estrategia de avanzar legislativamente mientras continuaba abierta la discusión judicial y planteó que impulsar una ley sin garantizar su aprobación podía terminar debilitando el instrumento que ya tenía el Ejecutivo a través del DNU 70/2023.
Este viernes 9 de octubre, la Corte Suprema suspendió de manera provisoria los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado la Ley 26.737, hasta que la Justicia Federal de Bariloche resuelva sobre la legitimación de los demandantes y analice el pedido de una medida cautelar.

El Poder Ejecutivo presentó un recurso contra el fallo que declaró inconstitucional el decreto y lo obligaba a entregar las partidas. Para el oficialismo, la sentencia causa “agravios concretos y de significativa gravedad institucional” ya que ordena la ejecución de la ley “sobre la base de una interpretación arbitraria y fragmentaria del régimen presupuestario aplicable".
El Gobierno nacional apeló el fallo de la Justicia que declaró inconstitucional el decreto que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario y lo obligaba a cumplir con la normativa.
El recurso presentado por el Ministerio de Capital Humano rechaza la decisión del juez Martín Cormick que dejó sin efecto el Decreto 759/2025 por considerar que causa un “gravamen irreparable”.
Para el Gobierno, la sentencia causa “agravios concretos y de significativa gravedad institucional” ya que ordena la ejecución de la ley “sobre la base de una interpretación arbitraria y fragmentaria del régimen presupuestario aplicable y sin dar adecuada respuesta a defensas centrales oportunamente introducidas por el Estado Nacional”.
En ese sentido, apuntan que el cumplimiento de la normativa “proyecta efectos presupuestarios de gran magnitud y compromete el equilibrio de las cuentas públicas”, ya que argumentan que no identifica una “fuente de financiamiento específica y suficiente”.
Desde la cartera comandada por Sandra Pettovello cuestionaron la improcedencia del amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional y la Universidad de Buenos Aires (UBA), dado que no es una “vía idónea para resolver en forma definitiva una controversia que requiere determinar hechos, montos, fuentes de financiamiento y alcances normativos controvertidos”.
Sobre los recursos para su cumplimiento, remarcaron que afecta al equilibrio fiscal, y que la Ley 24.629 debe ser interpretada “armónicamente” junto con las leyes 24.156 y 27.798 que establecen normas para autorizar y ejecutar el gasto público.
“Si los mayores gastos deben financiarse mediante reasignaciones, ello supone necesariamente reducir créditos destinados a otras finalidades”, enfatizaron. En esa línea, aseguraron que la Ley de Financiamiento Universitario “exigiría reasignar el 90,30% de los créditos disponibles para gastos primarios del Estado Nacional”.
Por otro lado, manifestaron que la confirmación del fallo afectaría a la “división de poderes” al “imponer al Poder Ejecutivo la ejecución de gastos sin resolver previamente su compatibilidad con el régimen legal de administración financiera y con la Ley de Presupuesto vigente”.
De esta forma, el Gobierno busca revocar la sentencia que declaró parcialmente inconstitucional el Decreto 759/2025 y diluir los plazos para el cumplimiento de la ley, en medio de los reclamos del sector universitario para que se otorguen las partidas presupuestarias y se avance en la paritaria para docentes y no docentes.
El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Martín Cormick había vuelto a intimar al Poder Ejecutivo el pasado 30 de septiembre para que cumpliera de manera íntegra con la ley 27.795 de Financiamiento Universitario, al considerar que el Gobierno no acreditó la actualización salarial completa de docentes y no docentes ni la recomposición de todos los programas de becas estudiantiles exigidos por la norma. La resolución, dictada en el marco de una causa colectiva iniciada por universidades nacionales, mantuvo firme la cautelar y ordenaba al Estado a cumplirla en un plazo de cinco días.
Actualización salarial: el juez detectó desvíos respecto del IPC
El primer punto analizado por el magistrado es el artículo 5° de la ley, que obliga al Ejecutivo a actualizar los salarios de docentes y no docentes desde el 1° de diciembre de 2023 hasta la sanción de la norma, en un porcentaje no inferior a la inflación acumulada en ese período. Además, la ley exige convocatorias paritarias periódicas y la incorporación plena de sumas no remunerativas a los básicos.
Según el fallo, el Gobierno acreditó haber convocado a paritarias y haber emitido órdenes de pago, pero no demostró que los aumentos otorgados se ajusten al Índice de Precios al Consumidor (IPC), tal como exige la ley. Cormick subrayó que la inflación acumulada entre diciembre de 2023 y junio de 2026 —fecha en que la cautelar quedó firme— fue del 312,19%, y que las erogaciones informadas por el Ejecutivo “no alcanzan dicho incremento”.
El juez también recordó que los argumentos del Gobierno ya habían sido rechazados en septiembre, cuando se negó el levantamiento de la cautelar. Por eso, sostuvo que “no se ha agotado el alcance de la medida” y que la obligación de actualización salarial continúa vigente.
Becas estudiantiles: el Gobierno solo actualizó un programa
El segundo eje del fallo es el artículo 6° de la ley, que ordena la recomposición automática de todos los programas de becas —Progresar, Manuel Belgrano, Enfermería y otros— según la inflación acumulada desde el 10 de diciembre de 2023 hasta la sanción de la norma, además del incremento progresivo de beneficiarios.
Cormick señaló que el propio informe del Ejecutivo reconoce haber actualizado únicamente las Becas Manuel Belgrano, bajo el argumento de que las demás no encuadran en la ley. El juez rechazó esa interpretación y afirmó que el cumplimiento informado “no cubre lo decidido cautelarmente”, ya que la norma menciona explícitamente a Progresar, Enfermería y otros programas.
Una cautelar firme y un nuevo ultimátum
Con estos elementos, el magistrado resolvió mantener el criterio fijado en su resolución del 22 de septiembre y volvió a intimar al Estado Nacional a cumplir la cautelar en un plazo de cinco días. El apercibimiento de astreintes —multas económicas por incumplimiento— permanece vigente, aunque aún no se hizo efectivo.
El fallo también desestimó el recurso de apelación en subsidio presentado por el Gobierno, al considerar que no existe un “agravio concreto y actual” que justifique su concesión.
Un conflicto que escala en el sistema universitario
La resolución de Cormick se inscribe en un escenario de tensión creciente entre las universidades públicas y el Gobierno por el financiamiento del sistema, la actualización de salarios y el sostenimiento de las becas. La ley 27.795, aprobada con amplio consenso parlamentario, fue presentada como un marco de protección frente al deterioro presupuestario y la caída del poder adquisitivo en el sector.
Con este nuevo fallo, el juez reforzó la obligación del Ejecutivo de aplicar los mecanismos de actualización previstos por la ley y de garantizar la recomposición de los programas de becas, un punto clave para la permanencia estudiantil en un contexto de inflación persistente y recortes presupuestarios.